Felicidades a todos nuestros socios y amigos
Que hacen de la lectura un vínculo sincero de la amistad
Boletín Oficial del 03/08/2012CONMEMORACIONES
Ley 26.754
Institúyase el día 24 de agosto como “Día del Lector”, en
conmemoración y homenaje al
día del natalicio del escritor argentino Jorge Luis Borges.
Sancionada: Junio 27 de 2012
Promulgada: Julio 25 de 2012
El Senado y Cámara de Diputados
de la Nación Argentina
reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de
Ley:
ARTICULO 1º — Instituir el día 24 de agosto de cada año como “Día del
Lector”, en conmemoración
y homenaje al día del natalicio del escritor argentino Jorge Luis Borges.
ARTICULO 2º — Encomendar al Poder Ejecutivo Nacional la realización en
dicha fecha de
actos de divulgación de la lectura y de reconocimiento a la obra y a
la trayectoria de Borges, como
figura insoslayable de la literatura nacional y universal.
ARTICULO 3º — Invitar a las provincias y a la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires a adherir a
la presente ley.
ARTICULO 4º — Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL DIA
VEINTISIETE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DOCE.
— REGISTRADO BAJO EL Nº 26.754 —
AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Juan H. Estrada. — Gervasio Bozzano.
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