Creada en la Ciudad de General Alvear, Provincia de Mendoza, en el año 1935.

viernes, 16 de abril de 2010

Reglamento de Préstamo de Libros

SERVICIOS DE CONSULTA Y PRÉSTAMO DE LIBROS

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  • Toda persona interesada tiene la posibilidad de consultar y/o leer gratuitamente en sala los libros y/o publicaciones en general que posee la biblioteca.
  • Toda persona interesada puede permanecer y/o realizar en sala trabajos de consulta, estudios, confección de apuntes, etc., de manera gratuita y disponer del material existente para sus tareas.
  • La permanencia y trabajo en sala es totalmente gratuito de acuerdo al horario expuesto en la puerta de acceso.

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PRÉSTAMOS DE LIBROS A DOMICILIO

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  • El préstamo o retiro de libros a domicilio está permitido ÚNICAMENTE A LOS SOCIOS de la institución.
  • Cada socio tiene derecho de retirar un máximo de tres (3) títulos (libros) por vez y disponer de ese material por 7 días (una semana). Vencido el plazo, puede renovarlo –siempre que el material esté libre de reiterada solicitud- y retener dicho material por otro período de igual manera. Una vez vencido el plazo debe reintegrarse el material en iguales condiciones como fue retirado.
  • No podrá retirarse de la Biblioteca, bajo ningún concepto, los libros de Consulta General tales como diccionarios, enciclopedias, catálogos, códigos, obras agotadas, ediciones de lujo o especiales, colecciones de revistas, diarios y otro material que por su valor o antigüedad se juzgue conveniente su permanencia en el local.
  • NO ESTÁ AUTORIZADO, bajo ningún concepto, el préstamo temporario por sistema de alquiler de libros y otros servicios bibliotecológicos a ninguna persona por cuanto este proceder está expresamente prohibido y no lo es propio de esta institución.
  • Todo material debe ser debidamente tratado y su conservación y resguardo es responsabilidad de todo usuario.

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General Alvear (Mendoza) Abril de 2010.

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